Si compraste una vivienda antes del año 2019, todavía estás a tiempo a reclamar los gastos de la hipoteca que pagaste en el momento de la constitución.
En el momento de concertar una hipoteca con una entidad financiera, los bancos solían atribuir al comprador el pago de los gastos que se ocasionaban en el trámite. Estos gastos son los relativos a aranceles de notaría y registro de la propiedad, así como honorarios de gestoría y tasación. Después de varios años de discrepancias jurisprudenciales, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y posteriormente, el Tribunal Supremo, han establecido qué gastos se pueden reclamar y qué plazos existen para hacerlo.
Así pues, ¿a quién corresponde pagar cada factura?
- La factura de notaría será asumida en un 50% por la entidad financiera y el otro 50% por el prestatario.
- La factura de tasación será asumida en un 100% por la entidad financiera.
- La factura de gestoría será asumida en un 100% por la entidad financiera.
- La factura del registro de la propiedad será asumida en un 100% por la entidad financiera.
¿Todavía estoy a tiempo de reclamar los importes?
Actualmente, y en la gran mayoría de casos, no existe una fecha tope que impida ejercer esta acción frente a los tribunales. Por lo tanto, os recomiendo que os asesoráis legalmente antes de tomar ninguna decisión para aseguraros que vuestra reclamación se encuentra dentro de plazo.
¿Puedo reclamar aunque la hipoteca esté cancelada?
Sí, los gastos de las hipotecas canceladas también se pueden reclamar.
¿Puedo reclamar en los casos de subrogación?
En estos casos, la jurisprudencia todavía no es tan clara, y por eso, te recomiendo asesorarte legalmente antes de tomar cualquier decisión.
¿Puedo reclamar los intereses de estos gastos?
No, solo puedes reclamar los gastos hipotecarios que pagaste indebidamente en el momento de formalizar la hipoteca, sino que además, puedes reclamar los intereses legales generados desde el momento en que hiciste los pagos y hasta el momento en que el banco te devuelva el importe reclamado.
¿Cómo puedo hacer la reclamación?
Antes de presentar cualquier reclamación es importante localizar la escritura del préstamo hipotecario en cuestión y las facturas relativas al mismo. Si el préstamo ya está cancelado, también nos habrá que tener la escritura de cancelación y las facturas de este trámite. Una vez tengamos toda la documentación recopilada, hay que presentar una reclamación extrajudicial en el banco pertinente. En este caso, a pesar de que no es obligatorio, os recomiendo asesoraros legalmente y presentar el requerimiento a través de uno/a abogado/da, puesto que siempre tendréis más probabilidades de obtener mejores resultados. En caso de que la reclamación extrajudicial no obtenga el resultado esperado, tendréis que contactar con uno/a abogado/da que presente la demanda pertinente reclamando los importes de las facturas, los intereses y las costas.
Si tú también quieres recuperar el dinero…
Si tú también quieres recuperar el dinero que pagaste indebidamente, no dudes a contactar conmigo a través de neus.vendrell@icatarragona.com o 644 276 658 y te ofreceré un primer asesoramiento gratuito.